domingo, 28 de agosto de 2011

El derecho a la consulta de los pueblos indígenas en Perú


Capítulo I
Marco normativo internacional
y marcos normativos comparados
Competencia de la Comisión Interamericana d I. e De rechos Humanos

La actual controversia en el Perú surge de la reciente emisión, por parte del gobierno peruano, de decretos que permiten la extracción de recursos naturales y la realización de proyectos de desarrollo en territorios indígenas. Por lo anterior, están involucradas en esta controversia las obligaciones que tiene Perú bajo los artículos 1.1 (obligación de respetar los derechos), 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno) y 21 (derecho a la propiedad privada) de la Convención Americana. Debido a que Perú ratificó tanto la Carta de la OEA como la Convención Americana, le ha otorgado a la Comisión Interamericana competencia sobre la presente controversia.
De esta manera, la CIDH es competente para conocer las violaciones que se expusieron, realizar las recomendaciones pertinentes y facilitar una adecuada resolución de la controversia entre las partes. En esta tarea, la Comisión sigue la jurisprudencia vinculante de la Corte Interamericana.

El derecho a la consulta de los pueblos indígenas en Perú

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